20 de Diciembre de 2018.- Para impedir los cobros indebidos en las tarifas de servicios de grúas que se aplican de manera discrecional por los concesionarios, la Diputada Dolores Gutiérrez Zurita propuso reformas a la Ley de Transportes para el Estado de Tabasco.
Esta Iniciativa faculta a la Secretaría de Comunicaciones y Transporte del Estado determinar, previo el estudio técnico correspondiente, las tarifas aplicables de cualquier modalidad del servicio de transporte público en el estado, así como, de todo servicio público de grúas y remolque, incluyendo los estacionamientos, corralones y confinamientos públicos.
De la misma manera, plantea que la Secretaría, deberá publicar las tarifas máximas autorizadas de los concesionarios o permisionarios del servicio público de grúas y remolque, para conocimiento de los usuarios en el Periódico Oficial del Estado y difundida en los medios de mayor circulación en el Estado, a más tardar el 15 de enero de cada año.
Y señala la obligatoriedad a los concesionarios o permisionario, de colocar en el interior de sus instalaciones y a la vista de los usuarios, las tarifas que les fueron autorizadas por la Secretaría de conformidad con la Ley de Hacienda del Estado de Tabasco, debiendo otorgar el comprobante fiscal correspondiente por la prestación del servicio.
En tribuna la legisladora destacó, que denuncias públicas involucran a las 20 empresas que prestan este servicio en el Estado, acusándolas de cobrar porcentajes más altos de lo normal, en servicios en carretera federal o estatal, lo que genera molestia en la ciudadanía, propiciando con ello prácticas de corrupción y quebranto al ingreso de las familias.
La Iniciativa con Proyecto de Decreto, propuesta por Dolores Gutiérrez Zurita, plantea reformar los Artículos 9 Fracción XIX, moviéndose los subsecuentes; 12 Fracción II; 48, primer párrafo, adicionando el cuarto párrafo, moviéndose los subsecuentes de Ley de Transportes para el Estado de Tabasco.
La congresista señala que los concesionarios deben de estar obligados a respetar en todo momento las tarifas máximas autorizadas, que en ningún momento debe ser superior al monto de la multa impuesta, que generalmente se derivan de faltas administrativas, sancionadas por la Ley General de Tránsito y Vialidad del Estado de Tabasco.