Villahermosa, Tab; 22 de octubre del 2019.
Con su permiso Presidente.
Compañeras y compañeros legisladores.
Medio de comunicación,
Público en general.
El día de ayer, por fin sesionó el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia, en Especial la que se produce Contra las Mujeres, luego de que la entidad ocupa los primeros lugares a nivel nacional en la comisión de delitos en contra de las mujeres y niñas. Los números nada halagadores colocan a Tabasco con cifras superiores a la media nacional en feminicidio, violación y violencia familiar.
Y quizás sería un evento destacado, sino fuera porque hasta ahora se anunciaron dos acciones, que se venían pidiendo desde el inicio de esta administración, por un lado, la apertura de refugios para mujeres maltratas y el Atlas de Violencia Contra las Mujeres.
Por ello, desde esta tribuna hemos venido denunciado las fallas, complicidades y omisiones en las que han incurrido diversos funcionarios de esta administración, tanto del Poder Ejecutivo como el Judicial en el caso de “Ana” y la serie de eventos que llevaron a su actual convalecencia en el Hospital Rovirosa. Por si pensaban las autoridades que no tenían ninguna responsabilidad están totalmente equivocados, la balanza de la justicia muy pronto llegara a quienes no les importo que por primera vez en la historia se cometiera un Feminicidio en Grado de tentativa en las propias instalaciones donde se debe impartir justicia.
Y digo esto, porque el pasado 28 de junio del 2016, mediante publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Extraordinario No. 123, se difundió, el ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN LAS DISPOSICIONES Y LINEAMIENTOS CONTENIDOS EN EL PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN MINISTERIAL, POLICIAL Y PERICIAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO PARA EL DELITO DE FEMINICIDIO DEL ESTADO DE TABASCO, divulgado por el Poder Ejeciutivo del Estado y la Fiscalía General de Justicia. Confirmando con esto que se violaron procedimientos señalados en dicho documento, que si hubo omisiones en las actuaciones judiciales que llevaron a la agresión en contra de “ANA”, esto significa, que es urgente convocar al Comité Técnico para “El análisis, evaluación, supervisión y vigilancia de la actuación del personal ministerial que participó en la integración de averiguaciones previas, carpetas de investigación y expedientes por el delito de Feminicidio” y proceder como marca el protocolo mencionado.
En este contexto, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) recomienda la aplicación de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la cual establece en Artículo 2.
Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:
d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;
e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas.
En suma, solo para ilustración de algunos oyentes, que ignoran lo delicado del asunto que he abordado: “El 16 de noviembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció una sentencia considerada ejemplar sobre el asesinato en 2001 de varias jóvenes mexicanas de Ciudad Juárez. Aquel año fueron descubiertos en un lugar conocido como “campo algodonero” los cadáveres de Claudia González, de 20 años, Esmeralda Herrera, de 15 años, y Laura Berenice Ramos, de 17 años, junto a los restos de otras cinco mujeres que no pudieron ser identificadas. Los cuerpos mostraban signos de que las mujeres habían sido violadas con extrema crueldad. Frente a la indiferencia y al desinterés de las autoridades mexicanas por investigar esas muertes, la abogada de las familias llevó el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ocho años más tarde, la Corte condenó por primera vez en la Historia a un país, México, por considerarle responsable de feminicidio. Lo declaró “culpable de violentar el derecho a la vida, la integridad y la libertad personal, entre otros delitos” así como culpable de “no investigar adecuadamente” las muertes”.
Y esta será al final, el destino que tendrá el caso que nos ocupa, ante la negligencia y omisión de las autoridades no dejan más remedio a la victima de acudir a instancias internacionales, veremos si la Corte Interamericana de Derechos Humanos, opina lo mismo de quienes señalaron: “El estado de Tabasco no tiene que indemnizar a nadie”, conoceremos si es como dijo uno más: “fue afuerita de las instalaciones” cuando lleguen las primeras medidas de protección en favor de “ANA” entonces entenderán que son los Derechos Humanos y de que estamos hablando.
Gracias,
“DEMOCRACIA YA, PATRIA PARA TODOS”